Términos y condiciones de uso de Eclium
Fecha de publicación: 25 de junio de 2026 · Última actualización: 15 de octubre de 2026
Estos Términos y condiciones de uso (“Términos”) regulan el acceso a Eclium y su utilización. Eclium es una plataforma de administración parroquial disponible en eclium.com, prestada por IGNIS EDICIONES, S.A.S. de C.V. (“IGNIS EDICIONES”), a las parroquias y demás entidades eclesiásticas que la utilizan o contratan (cada una, “la parroquia”). Cuando estos Términos atribuyen una actuación u obligación a Eclium, se entiende referida a IGNIS EDICIONES como prestadora del servicio.
1. Eclium no sustituye los libros parroquiales
1.1 Eclium es una herramienta auxiliar de administración, consulta y preparación de documentos. No sustituye los libros parroquiales —de bautismos, matrimonios y defunciones, así como los de confirmaciones y los demás que prescriban la Conferencia del Episcopado Mexicano o el Obispo diocesano—, ni el archivo parroquial o diocesano (cánones 535 y 895 del Código de Derecho Canónico).
1.2 Las partidas deben asentarse, anotarse y conservarse en los libros parroquiales conforme al derecho canónico y a las disposiciones de la autoridad eclesiástica competente. Capturar o modificar un dato en Eclium no equivale a asentarlo en el libro ni constituye una anotación marginal, y no suple las notificaciones que el derecho exige entre parroquias o con la curia (cánones 535 § 2, 895, 1122 y 1123).
1.3 Si la información de Eclium no coincide con lo asentado en el libro parroquial, prevalece el libro. La corrección de una partida se hará conforme al procedimiento canónico que corresponda y, una vez hecha en el libro, la parroquia deberá reflejarla en Eclium.
1.4 Las partidas, constancias y demás documentos sobre el estado canónico de los fieles, o que puedan tener valor jurídico, deben expedirse conforme al libro correspondiente y llevar la firma del párroco o de su delegado y el sello parroquial (canon 535 § 3). Antes de firmar un documento preparado con Eclium, la persona autorizada debe cotejarlo con el libro. Eclium no atribuye por sí mismo efectos canónicos ni civiles a ningún documento.
1.5 La custodia y conservación de los libros y del archivo parroquial corresponden a la persona a cargo de la parroquia, conforme al derecho canónico y a las disposiciones del Obispo diocesano, a las que también se sujeta el uso de Eclium. Utilizar Eclium no autoriza a dejar de llevar los libros, a sustituirlos por registros electrónicos ni a destruir o descartar documentos del archivo. Eclium no es un archivo eclesiástico.
2. Proveedor y medios de contacto
2.1 Eclium es una plataforma de administración parroquial prestada por IGNIS EDICIONES, Sociedad por Acciones Simplificada de Capital Variable, RFC IED170302RX8, con domicilio en Calle Reforma núm. 4, colonia Casa Grande, San Agustín Tlaxiaca, Hidalgo, C.P. 42165, México.
2.2 Para soporte, dudas sobre el servicio, pagos, facturación, cancelación o reclamaciones, la parroquia puede utilizar Contáctanos en Eclium —que reúne WhatsApp, correo y el formulario ¿Algo salió mal? para casos con folio—, escribir a contacto@eclium.com o enviar un mensaje de WhatsApp al 771 112 6002.
2.3 El horario de atención general es de lunes a viernes, de 09:00 a 17:00, hora de la Ciudad de México. WhatsApp no es un servicio de emergencias ni sustituye el seguimiento formal de un caso.
3. Aceptación de los Términos
3.1 Para dar de alta a una parroquia o contratar el servicio, la persona que actúa en su nombre debe aceptar expresamente estos Términos por medios electrónicos, marcando la casilla correspondiente —que nunca estará premarcada— y confirmando la operación. Esa aceptación constituye consentimiento expreso por medios electrónicos (artículo 1803 del Código Civil Federal) y perfecciona el contrato entre la parroquia e IGNIS EDICIONES cuando Eclium la recibe (artículo 80 del Código de Comercio).
3.2 Cada persona usuaria, al ingresar por primera vez, debe aceptar estos Términos en lo que se refiere al uso de su cuenta. Eclium conservará constancia de la versión aceptada, la fecha, la cuenta y la parroquia. La sola lectura de estos Términos, la navegación o el silencio no equivalen a aceptarlos ni autorizan cargos.
3.3 Quien acepta estos Términos en nombre de una parroquia declara que es la persona a cargo de ella o que cuenta con su autorización, y que tiene facultades suficientes para obligarla. Si no está de acuerdo con estos Términos, no debe utilizar Eclium.
4. Alcance del servicio y del piloto
4.1 Eclium permite a las oficinas parroquiales utilizar las funciones habilitadas de registro, consulta, administración y preparación de documentos. Durante el piloto se comunicarán a cada parroquia las funciones disponibles y las limitaciones conocidas. Las funciones anunciadas como pendientes no forman parte del servicio disponible hasta su habilitación expresa.
4.2 Eclium es una herramienta de apoyo y no sustituye la responsabilidad de la autoridad eclesiástica ni la revisión de los datos y documentos. Los documentos impresos deben cumplir las reglas de firma y sello previstas en la cláusula 1.
5. Persona a cargo, personas usuarias y acceso
5.1 La persona a cargo de la parroquia —párroco, administrador parroquial, rector o quien tenga un nombramiento equivalente— es responsable de la custodia, revisión y autorización de los registros y documentos bajo su administración. Puede delegar tareas en personas autorizadas (“personas usuarias”), sin que esa delegación sustituya la supervisión que le corresponde. El alta debe identificar su cargo, la entidad representada y un contacto vigente.
5.2 Cada persona usuaria debe utilizar su acceso personal e intransferible, respetar los permisos y proteger sus credenciales y PIN. Debe comunicar sin demora a contacto@eclium.com cualquier acceso no reconocido.
5.3 La parroquia debe mantener actualizadas las personas autorizadas y solicitar la retirada de permisos cuando una persona deje de colaborar con ella o cambie la persona a cargo.
6. Usos no permitidos
6.1 No se permite acceder a información de otra parroquia sin autorización, falsear documentos, firmas o sellos, eludir o vulnerar controles de seguridad, compartir datos ilícitamente, introducir código malicioso, extraer información de forma masiva o automatizada, revender el acceso o ponerlo a disposición de terceros ajenos a la parroquia, ni usar Eclium para finalidades incompatibles con el servicio contratado.
7. Prueba gratuita
7.1 La parroquia dispone de un mes calendario gratuito, contado desde el primer acceso operativo con PIN de una persona autorizada, incluido el personal de secretaría. Las fechas de inicio y término se mostrarán en Eclium. No se requiere tarjeta para comenzar; volver a entrar o añadir personas usuarias no reinicia el período.
7.2 El inicio de la prueba y la elección de una modalidad de pago no autorizan cargos. Continuar con una suscripción de pago requiere una acción de contratación separada y la información previa del precio y sus condiciones.
7.3 Si termina la prueba y la parroquia no contrata, podrá consultar los registros existentes y descargar su información durante 30 días naturales. Durante esa etapa no se permite crear ni modificar registros, emitir nuevos documentos ni continuar las demás operaciones de administración. Se mantienen la solicitud de soporte para la entrega y la posibilidad de contratar el servicio.
8. Precio y contratación de pago
8.1 El precio de Eclium es de $165.00 MXN (ciento sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.) por parroquia por un mes calendario, con IVA incluido. No se añade otro 16% al total anunciado. Antes de confirmar un pago se informan el importe final, la modalidad y el período de cobertura. Cada pago manual requiere una confirmación separada y no autoriza cargos automáticos posteriores.
8.2 La contratación y el pago no reinician ni acortan el mes gratuito existente. La cobertura pagada respeta su fecha de término y la cobertura ya confirmada. Un pago se tiene por realizado cuando Eclium recibe la confirmación del procesador de pagos; la pantalla de regreso de Stripe no lo acredita por sí sola. El estado de los pagos se consulta en Eclium.
9. Renovación y medios de pago
9.1 En esta etapa la renovación automática no está disponible. Si se ofrece posteriormente, será opcional, requerirá consentimiento expreso e informado y se indicarán de forma clara y destacada el importe, la periodicidad y la fecha de cobro. Eclium notificará cada renovación con al menos cinco días naturales de anticipación y permitirá cancelarla de inmediato y sin penalización (artículo 76 Bis, fracciones VIII y IX, de la Ley Federal de Protección al Consumidor). Registrar una tarjeta o abrir el portal no autoriza por sí solo nuevos cargos recurrentes.
9.2 El aviso de una renovación automática futura indicará el importe total con impuestos, la fecha del cargo, la cobertura, la parroquia y cómo cancelar. Los cinco días son naturales, incluidos fines de semana y festivos; las fechas se comunicarán en hora de la Ciudad de México. Un aviso no sustituye el consentimiento ni permite cambiar unilateralmente los cargos autorizados.
9.3 Los pagos y, cuando corresponda, la gestión de métodos de pago se realizan en las páginas seguras de Stripe habilitadas para la parroquia. No envíe números completos de tarjeta ni códigos de seguridad por correo, WhatsApp o el formulario de atención. Un intento rechazado no confirma el pago ni amplía la cobertura.
10. Cancelación, reclamaciones y devoluciones
10.1 El pago manual no se renueva automáticamente: para continuar es necesario autorizar otro pago. La parroquia puede solicitar en cualquier momento la terminación del servicio a contacto@eclium.com, sin expresar motivo. Si más adelante contrata renovación automática, podrá desactivarla desde el portal habilitado, con confirmación inmediata, sin penalización y sin nuevos cargos de renovación posteriores a la cancelación. La cobertura ya pagada se conserva hasta su término. Si el portal no funciona, puede solicitarlo por el mismo correo, sin encuesta obligatoria.
10.2 Cancelar una renovación o dejar de realizar pagos manuales no equivale a pedir la retirada de todos los datos; la entrega y conservación de la información se rigen por la cláusula 11. Los casos de cobros no autorizados, duplicados, errores, devoluciones o falta de prestación pueden presentarse en Contáctanos → ¿Algo salió mal? o en contacto@eclium.com. El seguimiento se realiza en Eclium directamente entre la cuenta parroquial y el equipo administrativo, sin que dependa de un intercambio de correos.
10.3 El formulario asigna un folio al enviar el caso y permite consultar su estado y las respuestas. Las peticiones por correo o WhatsApp las registrará el equipo cuando corresponda; esos canales no generan un folio automáticamente. Eclium acusará recibo en un máximo de dos días hábiles y comunicará una resolución motivada en un máximo de cinco días hábiles desde la primera recepción. Trasladar el caso a otro canal o pedir datos indispensables no reinicia esos plazos. No se exigirán expedientes sacramentales, PIN ni números completos de tarjeta.
10.4 Eclium corregirá los cargos duplicados, excesivos o no autorizados que se comprueben y realizará la devolución procedente, sin descontar a la parroquia comisiones del procesador de pagos. Las cantidades cobradas en exceso se devolverán dentro de los cinco días hábiles siguientes a la reclamación, conforme al artículo 91 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Se informarán el importe, la fecha y la referencia de la devolución, así como el tiempo estimado de reflejo bancario. Una resolución favorable no sustituye la ejecución del reembolso.
10.5 La devolución se realizará por el mismo medio de pago, salvo que la parroquia acepte otro. Cancelar la renovación conserva la cobertura pagada y no supone por sí solo devolver un período ya utilizado. Se mantienen las devoluciones, revocaciones y demás derechos que resulten aplicables, sin una regla general de pagos no reembolsables.
10.6 Cuando una interrupción imputable a Eclium impida utilizar el servicio principal, Eclium ofrecerá una devolución proporcional al tiempo afectado. Si el servicio no puede reanudarse, permitirá terminarlo y devolverá la parte pagada no prestada. Estas medidas no sustituyen la bonificación legal mínima del 20% del precio pagado cuando proceda conforme a los artículos 92 Bis y 92 Ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor, ni las indemnizaciones aplicables. Un crédito futuro sólo se utilizará si la parroquia lo acepta.
10.7 Presentar un caso no da lugar a represalias, como restringir el acceso o retener la entrega de información. Se conservan los derechos irrenunciables, las acciones ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) u otra autoridad competente y los plazos legales para reclamar, cuando resulten aplicables. Las respuestas se publican en el caso dentro de Eclium; consúltelo allí, porque no se garantizan avisos por correo ni notificaciones con la aplicación cerrada.
11. Información parroquial, salida y conservación
11.1 La contratación no transfiere a IGNIS EDICIONES derechos sobre el contenido parroquial ni altera los derechos de las personas a quienes se refieren los registros. La persona a cargo debe supervisar su exactitud, procedencia y corrección, así como las autorizaciones y bases jurídicas para capturarlos, emitir documentos y comunicarlos. Esto no exime a IGNIS EDICIONES de sus propias obligaciones de seguridad y tratamiento.
11.2 Cuando una parroquia deja de utilizar Eclium, se entrega a una persona autorizada un enlace protegido para descargar sólo su propia información, con un plazo máximo de 30 días naturales desde la creación del enlace. El correo indicará la fecha exacta de vencimiento. Reemitir el enlace no reinicia la conservación de la copia y puede reducir el plazo restante. No se incluyen datos de otra parroquia ni credenciales.
11.3 La parroquia puede elegir una descarga ordinaria de su base de datos o una descarga avanzada para facilitar la migración a otra plataforma. La descarga avanzada conserva la estructura y las relaciones de los datos exportables; no garantiza la importación automática ni la compatibilidad con cualquier plataforma de destino.
11.4 Las exportaciones corresponden a los registros y archivos efectivamente almacenados; un PDF generado pero no guardado no forma parte de ellas. Cancelar la renovación, descargar la información o vencer el enlace no equivale a borrar inmediatamente los registros. Vencido el plazo de descarga, no se garantiza el acceso ordinario a la base parroquial; esto no limita los derechos sobre datos personales que resulten aplicables.
11.5 La base operativa y la copia de salida se conservarán durante 90 días naturales desde que la copia de salida quede completa y comprobada. Eclium comunicará la fecha de vencimiento y, al concluir ese plazo, retirará los registros y archivos correspondientes conforme al Aviso de privacidad.
12. Descarga de la información en cualquier momento
12.1 La persona a cargo y las personas usuarias con perfil de administración de la parroquia pueden descargar desde su perfil, en cualquier momento y sin costo adicional, la base de datos de su parroquia en formato CSV. La descarga está siempre disponible mientras la parroquia tenga acceso a Eclium, incluido el periodo de consulta previsto en la cláusula 7.3, y no requiere solicitarla a Eclium.
12.2 La descarga comprende sólo la información de la propia parroquia y no incluye credenciales ni datos de otras parroquias. Los archivos descargados quedan bajo la custodia de la persona a cargo, que debe protegerlos porque contienen datos personales y sensibles. Esta descarga no sustituye la entrega prevista en la cláusula 11 ni los libros parroquiales.
13. Cotejo de documentos mediante QR
13.1 Los documentos emitidos con Eclium pueden incluir un código QR para cotejar en línea sus datos mínimos. Las copias digitales y su cotejo mediante QR no equivalen por sí solos a una firma electrónica avanzada ni acreditan efectos civiles o canónicos no reconocidos por la autoridad competente.
13.2 La terminación de la prueba o del servicio no revoca por sí sola las actas y documentos ya emitidos ni desactiva su cotejo mediante QR. Eclium conservará los datos mínimos necesarios para ese cotejo mientras opere el servicio de verificación, con las correcciones o revocaciones que correspondan. Esta consulta no expone el expediente completo ni garantiza la conservación de todos los PDF; las copias descargadas o impresas permanecen bajo la custodia de quien las posee.
14. Logotipos e imágenes parroquiales
14.1 No se permite incorporar logotipos, escudos, fotografías, ilustraciones u otras imágenes restringidas, registradas o protegidas por derechos de autor o marcas de terceros. Esta restricción no impide utilizar logotipos e imágenes cuyos derechos patrimoniales pertenezcan a la parroquia, aunque estén registrados o protegidos por derechos de autor. También podrán utilizarse imágenes de dominio público o de uso libre, respetando sus condiciones y los demás derechos aplicables. La protección puede existir sin registro. Encargar un diseño no acredita por sí solo la transmisión de derechos: debe conservarse el documento que corresponda.
14.2 La persona a cargo verificará la procedencia y, cuando corresponda, la titularidad del material, y atenderá los derechos de imagen y demás autorizaciones aplicables. Al incorporarlo, autoriza a IGNIS EDICIONES únicamente a reproducirlo y mostrarlo para prestar el servicio y preparar documentos de esa parroquia. No se cede la propiedad ni se autoriza su uso en publicidad de Eclium.
14.3 Eclium podrá retirar o deshabilitar imágenes de las cuentas parroquiales cuando identifique un uso contrario a esta cláusula o reciba una reclamación fundada sobre restricciones o derechos de terceros. Informará a la persona a cargo y podrá solicitar evidencia de la titularidad o del uso permitido. No se retirará una imagen por el solo hecho de estar registrada o protegida cuando sus derechos pertenezcan a la parroquia. Si se acredita el uso permitido, se permitirá su restitución. La medida se limita al recurso gráfico afectado y no autoriza borrar ni alterar los registros o la base de datos parroquial.
15. Firma digitalizada y autorización documental
15.1 La firma digitalizada es la imagen o trazo manuscrito utilizado en una copia documental. Sólo podrá incorporarse con autorización expresa y documentada de su titular, quien debe contar con facultades para firmar los documentos correspondientes. La autorización identificará su cargo, alcance y vigencia. No se permite cargar firmas ajenas, simular autorizaciones ni utilizar una firma fuera de lo autorizado.
15.2 Esta imagen se reserva para la copia PDF de los documentos que correspondan al firmante registrado. El original impreso debe llevar la firma autógrafa y el sello que correspondan. No se aplicará la firma actual a un firmante anterior ni a una transcripción histórica. La imagen, la leyenda de copia, el QR y los elementos gráficos de seguridad no constituyen por sí solos una firma electrónica avanzada, un certificado digital o una e.firma.
15.3 El posible valor probatorio depende del documento, la identificación del firmante, su autorización, la integridad y las normas aplicables. Los artículos 89, 96 y 97 del Código de Comercio orientan la distinción entre métodos electrónicos y firma avanzada en su ámbito; no atribuyen automáticamente validez civil o canónica a una copia parroquial.
15.4 La persona a cargo debe restringir quién utiliza la firma y comunicar de inmediato su uso no autorizado, la revocación o el cambio de autoridad. La revocación debe detener usos futuros; no borra ni modifica por sí sola copias emitidas. Eclium protegerá el archivo, no lo usará para publicidad ni facilitará su descarga pública como recurso independiente.
16. Datos personales y tratamiento por cuenta de la parroquia
16.1 El tratamiento de datos de cuentas y relación comercial se describe en el Aviso de privacidad de Eclium, disponible en eclium.com. El responsable del tratamiento de los registros parroquiales es la persona a cargo de cada parroquia —párroco, administrador parroquial o rector—, quien determina sus finalidades en ejercicio de su oficio; si esa persona cambia, la responsabilidad corresponde a quien la sustituya. IGNIS EDICIONES actúa como persona encargada (artículo 2, fracción XII, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares).
16.2 Como persona encargada, IGNIS EDICIONES se obliga a:
a) tratar los registros parroquiales sólo para prestar el servicio y conforme a las instrucciones de la persona a cargo;
b) no reutilizarlos para fines propios, publicidad, venta de bases de datos, elaboración de perfiles comerciales ni entrenamiento de modelos de inteligencia artificial;
c) guardar confidencialidad sobre ellos, aun después de terminado el servicio, y exigirla a su personal y a sus proveedores;
d) aplicar medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas acordes con la sensibilidad de la información;
e) apoyarse sólo en los proveedores tecnológicos indicados en el Aviso de privacidad e informar a la persona a cargo de cualquier cambio relevante en ellos;
f) colaborar con la persona a cargo para atender las solicitudes de derechos de las personas titulares;
g) informar a la persona a cargo, sin demora, de cualquier vulneración de seguridad que afecte los registros, y
h) al terminar el servicio, entregar y retirar la información conforme a la cláusula 11.
16.3 La persona a cargo, como responsable, debe contar con el aviso de privacidad de la parroquia y recabar, cuando proceda, el consentimiento expreso y por escrito que exige el artículo 8 de esa ley para los datos sensibles —como los que revelan creencias religiosas—, otorgado por quien ejerza la representación legal cuando se trate de personas menores de edad. La mera contratación de Eclium no sustituye estas obligaciones.
16.4 Esta cláusula regula el encargo de tratamiento entre la persona a cargo de cada parroquia e IGNIS EDICIONES, sin perjuicio de que celebren un acuerdo específico por escrito, que prevalecerá en lo que disponga.
17. Propiedad intelectual
17.1 El software, el diseño, las plantillas, los textos, la marca, los logotipos y los demás elementos de Eclium pertenecen a IGNIS EDICIONES o a sus licenciantes y están protegidos por la legislación de propiedad intelectual e industrial. Mientras la parroquia tenga acceso a la prueba o a una cobertura pagada, IGNIS EDICIONES la autoriza a utilizar Eclium conforme a estos Términos, de forma no exclusiva e intransferible.
17.2 La parroquia puede imprimir, firmar, entregar y conservar libremente los documentos que prepare con Eclium para su actividad. No se permite copiar, modificar, descompilar ni explotar Eclium o sus plantillas fuera del servicio sin autorización escrita de IGNIS EDICIONES.
18. Disponibilidad, mantenimiento y responsabilidad
18.1 El servicio depende de Internet y de infraestructura tecnológica. Las incidencias pueden comunicarse en Contáctanos o en contacto@eclium.com. No se ofrece disponibilidad ininterrumpida ni un plazo fijo de restablecimiento técnico; los plazos de atención de casos no garantizan resolver una incidencia técnica en el mismo plazo.
18.2 Eclium avisará el mantenimiento programado con al menos 24 horas de anticipación, mediante un aviso dentro de la plataforma. El mantenimiento urgente por razones de seguridad o continuidad podrá realizarse sin ese aviso y se informará en cuanto sea posible. En una incidencia relevante, informará el alcance conocido y su evolución sin prometer un tiempo de recuperación no comprobado, y registrará su inicio, restablecimiento e impacto para revisar las reclamaciones. Las interrupciones no justifican por sí solas la pérdida o eliminación de registros.
18.3 IGNIS EDICIONES responde de los daños y perjuicios que cause por incumplir estos Términos, conforme a la legislación aplicable. No responde de los que deriven de caso fortuito o fuerza mayor, de fallas en la conexión a Internet o en los equipos de la parroquia, del uso indebido de credenciales imputable a la parroquia o a sus personas usuarias, ni del contenido o la exactitud de los registros que la parroquia captura. Nada de lo anterior excluye la responsabilidad legalmente exigible de IGNIS EDICIONES ni los derechos por incumplimiento.
19. Suspensión y terminación por parte de IGNIS EDICIONES
19.1 Eclium podrá suspender, en la medida estrictamente necesaria, el acceso de una persona usuaria o de la parroquia cuando exista un riesgo de seguridad, un uso no permitido conforme a la cláusula 6 o un requerimiento de autoridad competente. Salvo urgencia, avisará antes a la persona a cargo e indicará el motivo. La suspensión no impedirá la entrega de la información de la parroquia, salvo mientras subsista el riesgo de seguridad que la motivó.
19.2 IGNIS EDICIONES podrá dar por terminado el servicio por un incumplimiento grave de estos Términos que la parroquia no corrija después de recibir el aviso correspondiente, o si deja de prestar Eclium de manera general, en cuyo caso avisará con al menos 60 días naturales de anticipación. En ambos supuestos devolverá, cuando proceda, la parte pagada no prestada y permitirá descargar la información conforme a la cláusula 11.
20. Comprobantes y facturación
20.1 Los comprobantes de pago y documentos emitidos por Stripe no sustituyen un CFDI mexicano. Las solicitudes de CFDI deberán dirigirse a contacto@eclium.com, proporcionando sólo los datos fiscales necesarios. Eclium emitirá el CFDI que corresponda conforme a las disposiciones fiscales aplicables.
21. Cambios a estos Términos
21.1 Los cambios materiales en condiciones o precio se comunicarán a la persona a cargo antes de aplicarse, por correo y dentro de Eclium, sin modificar retroactivamente períodos ya pagados ni sustituir el consentimiento necesario para nuevos cargos. Para seguir utilizando el servicio con las nuevas condiciones se requerirá su aceptación expresa; si la parroquia no las acepta, podrá terminar el servicio sin penalización.
22. Ley aplicable y solución de diferencias
22.1 Los desacuerdos pueden plantearse a contacto@eclium.com para buscar una solución directa. Estos Términos se rigen por la legislación federal de los Estados Unidos Mexicanos. Para su interpretación y cumplimiento, las partes se someten a los tribunales competentes del domicilio de IGNIS EDICIONES en el Estado de Hidalgo y renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, sin renuncia a derechos irrenunciables ni a la facultad de acudir a la PROFECO u otra autoridad competente cuando proceda.
22.2 Si alguna disposición de estos Términos se declara inválida, las demás conservarán su validez. La parroquia no puede ceder sus derechos u obligaciones sin autorización de IGNIS EDICIONES. Las comunicaciones se dirigirán al correo de la persona a cargo registrado en Eclium y, cuando proceda, se mostrarán dentro de la plataforma.